
Asesoria Ibeyis
FORMACION EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
La empleadora o empleador, a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberá diseñar, planificar, organizar y ejecutar un programa de educación e información preventiva, en materia de seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma de ejecución, que establezca como mínimo 16 horas trimestrales de educación e información por cada trabajadora y trabajador que participen en el proceso productivo o de servicio, independientemente de su condición.
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Es importante destacar que la duración y los contenidos programáticos de cada curso, pueden adaptarse de acuerdo a las necesidades y flexibilidad de tiempo del cliente (Horarios: Nocturnos (después de las horas laborables), días de semana, sábado y domingos, combinación)